viernes, 10 de noviembre de 2017

El default en la deuda venezolana


ACTUALIDAD ECONÓMICA

Por Natalia Boza Scotto y Emilio Spósito Contreras

Disertaciones sobre el default en la deuda por bonos soberanos y de PDVSA
Reseña del foro ¿Es posible restructurar la deuda venezolana?

El foro titulado ¿Es posible reestructurar la deuda venezolana?, se realizó el 9 de noviembre de 2017 en la Universidad Católica Andrés Bello, en el marco del XXIII Congreso de Actualidad Económica UCAB.
En sus palabras de presentación, Francisco J. Virtuoso, S.J., Rector de la casa de estudios, destacó que ésta constituye un lugar de encuentro para debatir los problemas del país, y en particular, la crisis humanitaria que produciría un default.
El Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la UCAB, Ronald Balza, quien fungió como moderador, estableció un paralelismo entre la situación actual –de endeudamiento y control cambiario– con aquella que vivió el país durante los últimos años de la década de 1980.
Asimismo resaltó que, en cualquier decisión relativa al pago o impago de la deuda y su reestructuración, es relevante la transparencia en torno a los recursos y además, deben considerarse sus implicaciones sobre la materia humanitaria.
El panel estuvo conformado en su mayor parte por economistas, específicamente por Tamara Herrera, José Guerra, Asdrúbal Oliveros y Francisco Rodríguez; a ellos, se unió el abogado Miguel Mónaco.
En primer lugar intervino Tamara Herrera, quien reflexionó sobre la intención del gobierno, proponiendo una interpretación del anuncio sui generis sobre el pago y la reestructuración de la deuda.
Al respecto, opinó que se busca reducir la carga financiera del servicio de la deuda pública –al menos, la correspondiente a bonos–, evitando la necesaria reforma económica y desviando la atención a las sanciones impuestas por los Estados Unidos de América.
Pese a que el objetivo de dichas sanciones es de naturaleza política, el gobierno venezolano pretendería utilizar a los bonistas como arma en contra de aquellas. Se suma, además, la indispensable aprobación institucional interna, por parte de la Asamblea Nacional.


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Herrera también comentó la proporción entre el servicio de la deuda externa y los ingresos por exportaciones, advirtiendo que este porcentaje se incrementó del 10% en 2008  al 58% en 2016, aunque bajó ligeramente en 2017, a 47%, gracias a un acuerdo con China respecto del pago de los intereses hasta fines de este año y la mejora del precio internacional del petróleo.
Señaló la estrategia gubernamental de reducir las importaciones per cápita, las cuales han alcanzado mínimos históricos y aún se espera que continúen bajando. Por último, consideró que se incurrirá en un default selectivo, sobre la deuda soberana –y no de PDVSA– porque, de los 8,3 millones de dólares que alcanza el servicio de la deuda en bonos para el 2018, 5,4 millones corresponden a la República. Finalizó su exposición preguntándose qué ocurrirá en 2019, sin ocultar su pesimismo.
El conferencista José Guerra afirmó que desde hace años, él ha venido señalando los peligros de endeudarse irracionalmente, refiriendo su obra titulada Venezuela endeudada: De Carlos Andrés Pérez a Hugo Chávez, así como las diez propuestas económicas planteadas desde la Asamblea Nacional, en 2016, para superar la crisis.
Consideró difícil refinanciar o reestructurar la deuda actualmente, pues el gobierno no cuenta con un programa económico que la haga sostenible; el país enfrenta las sanciones impuestas por los Estados Unidos de América, que impiden emitir nueva deuda; y las cláusulas de acción colectiva de muchos de los bonos exigen un consenso del 75% de los tenedores.
¿Qué hacer? Con las reservas petroleras venezolanas, recomendó expandir la producción, financiándola con inversión nacional y extranjera, a través de “activos financieros derivados”.
Finalmente, el conferencista exhortó a los venezolanos a involucrarse en la solución del problema, que concierne y exige la buena voluntad de todos.
Por otra parte, el economista Asdrúbal Oliveros enfatizó que, en caso de materializarse un evento de impago, el proceso de resolución sería de gran complejidad y ameritaría años, sobre todo por las peculiaridades de la realidad actual del país.
Este contexto se caracteriza por la contracción del 36% de la economía, hiperinflación cercana al 2.100% en 2017, sanciones muy duras con impacto en el flujo de caja (déficit de 700 millones de dólares en 2017), caída de los precios del petróleo y de la producción petrolera, la cual se ha visto mermada en 600.000 barriles diarios; e incumplimiento de los planes de inversión de PDVSA.
El gobierno ha enfrentado este escenario mediante la restricción de las importaciones, con un enorme costo social, además de la liquidación cada vez más difícil de activos tales como el oro.
En cuanto a las sanciones de Estados Unidos de América, indicó que las mismas producen un importante deterioro en la reputación del gobierno, así como efectos colaterales sobre los venezolanos en el exterior.
El economista Francisco Rodríguez disertó sobre la posibilidad de reestructurar la deuda venezolana, resaltando en primer lugar la necesidad de precisar a cuánto asciende aquella, visto que no se publican estadísticas consolidadas desde hace un tiempo y existe deuda –como la contraída con China– que el gobierno no reporta en su contabilidad.
En tal sentido, a pesar de las diferencias entre los expertos, el conferencista la estima en unos 137.000 millones de dólares (entre 90 y 110% del PIB), de los cuales, los bonos representan un tercio. Una deuda de tal magnitud resulta insostenible y debe ser reestructurada. La crítica situación actual, es el resultado de no hacer las reformas necesarias en su momento.
Al preguntarse si la deuda se puede reestructurar, Rodríguez respondió que es difícil porque gran parte de ella corresponde a PDVSA, lo que conlleva algunos obstáculos: Dicha empresa no goza de inmunidad soberana y, por lo tanto, sus activos y facturas o créditos por cobrar, están sujetos a embargo –en países como India, actualmente un relevante cliente del crudo venezolano–; y existen dificultades para beneficiarse del proceso de bancarrota del Derecho norteamericano.
A estos inconvenientes, se suma la Orden Ejecutiva 13808 del Gobierno de los Estados Unidos de América, las sanciones contra funcionarios individuales, el riesgo reputacional y la necesidad de aprobación legislativa.
Para la reestructuración de la deuda venezolana, Rodríguez recomendó distinguir entre PDVSA y la República, acotando que entre 2018 y 2019, la deuda de aquella asciende a 6.600 millones de dólares, mientras que la de ésta alcanza 11.700 millones.
Propuso aplicar las cláusulas de acción colectiva para lograr la renegociación en el caso de la República, lo cual es aceptable dentro del régimen de las sanciones impuestas al país, por cuanto no se configura la emisión de una nueva deuda.
Adicionalmente, sugirió destinar recursos a la importación de alimentos y medicinas, bajo un esquema de verificación imparcial.
Y, por último, recomendó solicitar la aprobación de la Asamblea Nacional, según lo sugiere la OFAC (Office of Foreign Assets Control) al dejar abierta la posibilidad de dar una licencia a nueva deuda, emitida con el consenso del órgano legislativo. En este sentido afirmó que, devolver el poder a la Asamblea Nacional es un paso previo, necesario a la reestructuración de la deuda venezolana.
Finalmente, el único abogado presente entre los conferencistas, Miguel Mónaco, reflexionó sobre los obstáculos legales que surgen desde la perspectiva del Derecho externo e interno. Según aseguró, en la práctica, la existencia de mecanismos efectivos para el cobro de la deuda ha determinado el pago por parte del gobierno.
Por ejemplo, en el caso de la deuda argentina, las cortes de Nueva York demostraron que a través de medidas judiciales pueden obligar a un gobierno a pagar a sus acreedores.
En el Derecho interno, el artículo 100 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, del 30 de diciembre de 2015, establece expresamente que no se requiere autorización de la Asamblea Nacional para el refinanciamiento o reestructuración de la deuda, cuando se establezcan mejores condiciones para la República (por ejemplo la reducción del tipo de interés o la ampliación del plazo de pago).
Sin embargo, tiene preminencia la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo artículo 150 exige la aprobación del Poder Legislativo Nacional para celebrar contratos de interés público nacional, o con sociedades no domiciliadas en el país, entre otros supuestos.
Desde el punto de vista externo, precisó que la Orden Ejecutiva 13808, impide insalvablemente la reestructuración de la deuda venezolana, porque prohíbe a personas estadounidenses o residentes en Estados Unidos de América, participar en contratos que impliquen nueva deuda emitida por PDVSA, con vencimiento superior a 90 días; o nueva deuda del gobierno venezolano, con vencimiento superior a 30 días.
Advirtió que –en su opinión– las prohibiciones contenidas en la comentada Orden Ejecutiva, alcanzan a cualquier transacción realizada en dólares.
Otro aspecto de importancia se refiere a quién negocia, pues los bonos no cuentan con cláusulas cross-default. Al escoger cuál bono dejar de pagar, resulta más conveniente que sea la República quien incumpla, por gozar de inmunidad soberana de jurisdicción.
Además, existen cláusulas de acción colectiva que exigen para los acuerdos, mayorías del 75% de los tenedores –y en el caso de PDVSA hasta la unanimidad–, lo que plantea el peligro de los acreedores intransigentes o holdouts, no dispuestos a negociar, que podrían impedir el refinanciamiento si controlan más del 25% de la deuda.
Agregó que, a lo interno, resulta necesario un acuerdo con la Asamblea Nacional y, a lo externo, acudir a organismos de financiamiento internacional.

Preguntas y respuestas

A propósito del default, ¿es posible distinguir entre PDVSA y la República?

Asdrúbal Oliveros: La República y PDVSA son una unidad, aunque demore unos años traspasar el velo que las separa.

José Guerra: Nadie en el mundo va a creer que PDVSA es algo diferente a Venezuela. La empresa es 100% propiedad del Estado y una suerte de alter ego de Venezuela.

Miguel Mónaco: Levantar el velo corporativo no es tan fácil, PDVSA no se constituyó para defraudar a los acreedores. Ésta es una barrera inicial que terminará cediendo, como ocurrió en el caso Crystallex, en el cual se sostuvo que ambas conforman una misma entidad.