Emilio Spósito
Contreras
CRISIS
Y REGENERACIÓN MORAL DE LA IGLESIA
I. LA
ACTUAL CRISIS DE LA IGLESIA
El pasado 13 de junio de
2018, la Oficina Central de Estadísticas de la Iglesia presentó el Anuario
Pontificio 2018 y el “Annuarium
Statisticum Ecclesiae” 2016. Del segundo, se desprende un aumento en el número
de bautizados en el mundo, de 1,285 millones en 2015 a 1,299 millones en 2016,
es decir, un aumento general de 1.1%.
No obstante, el dato representa
una disminución respecto del promedio del aumento general en el período 2010-2015,
que ascendía a 1.5% En el mismo sentido, se verificó una disminución de las
vocaciones sacerdotales: 0,6% menos.
Aunque los datos no permiten
deducir las causas, deben despertar la atención de los líderes de la Iglesia
sobre cómo se percibe la institución y los inconvenientes que actualmente afectan
la fe.
Efectivamente, la Iglesia experimenta
una dura prueba al conocerse una serie de abusos sexuales cometidos por
religiosos contra menores de edad. La situación es calificada por el papa
Francisco de verdadera “monstruosidad”.
ECA Global, una organización
de víctimas, estima la ocurrencia de unos 100.000 casos. Cifra nada exagerada
si se considera que nada más en Estados Unidos de América se han comprobado e
indemnizado a 18.565 personas.
Entre otras respuestas al
problema, el Vaticano convocó la Cumbre sobre la Protección de Menores, celebrada en
Roma entre el 21 y el 24 de febrero de 2019. En dicha cumbre se resolvió que: a)
llevarán ante la justicia civil a los responsables; b) endurecerán los procesos
de selección de los religiosos; y, c) apoyarán a las víctimas con ayuda
profesional.
Las víctimas sienten que no se está
haciendo lo suficiente para atender adecuadamente el problema. La indignación es
universal, sobre todo, porque en algunos supuestos la acción de la iglesia no
luce rápida o decidida.
II. LA AUTORIDAD
COMPROMETIDA
Veamos algunos casos emblemáticos:
a) El pasado 16 de febrero de 2019, el
Vaticano impuso al ex cardenal Theodore McCarrick, comprobado pederasta, la reducción al estado laical, que prevé la
prohibición de administrar los sacramentos, vestirse como un sacerdote y la
suspensión de cualquier tipo de sueldo.
b) El 13 de marzo de
2019, el cardenal George Pell, ex prefecto de la Secretaría de Economía del
Vaticano, fue condenado en primera instancia por la justicia australiana a seis
años de cárcel por pederastia. Sólo después que culmine el juicio civil, se
espera el inicio del procedimiento por parte de la Congregación para la
Doctrina de la Fe.
c) El 7 de marzo de
2019, el cardenal Philippe Barbarin, fue condenado en primera instancia por la
justicia francesa a seis años de cárcel por encubrimiento del delito de
pederastia. El 19 de marzo, el Vaticano no aceptó la renuncia del cardenal
Barbarin, manteniéndolo como titular de la archidiócesis de Lyon.
d) Los cardenales
Francisco Javier Errázuriz y Ricardo Ezzati, han sido imputados por
encubrimiento de abusos sexuales declarados por la justicia chilena. El papa Francisco
defendió la inocencia de los prelados, aunque tras investigaciones y la fuerza
de las evidencias aceptó la renuncia de Ezzati.
III. UN
ANTECEDENTE: LA SIMONÍA, EL NICOLAÍSMO Y LA REFORMA GREGORIANA DEL SIGLO X
En el siglo X se planteó la erradicación
de dos grandes males de la Iglesia: la simonía y el nicolaísmo. El primero,
referido al comercio de las cosas espirituales como sacramentos o cargos
eclesiásticos; el segundo, consistente en el matrimonio, concubinato o
incontinencia sexual de los religiosos, agravados por la pretensión de los
culpables de ser sucedidos en su estado por los hijos habidos en violación del
celibato.
Tanto uno como otro vicio minaban la
moral de la Iglesia y sus consecuencias pueden evidenciarse en la debilidad de
los papas y antipapas del llamado “siglo oscuro”, sometidos a los vaivenes de
la política de los señores feudales y los dictados del emperador del Sacro
Romano Imperio. No será hasta la reforma de los papas san León IX (1049-1054) y
san Gregorio VII (1020-1085), que se controle la situación.
La reforma denominada gregoriana, supuso
la moralización de la Iglesia a partir del regreso a los orígenes del
cristianismo (auctoritas), la
centralidad del papado (potestas) y
la reforma monástica según el ejemplo de Cluny. Resultado directo de la reforma
gregoriana la encontramos en el florecimiento de las universidades y el
desarrollo de la escolástica.
IV. UNA HOJA DE
RUTA
A pesar de la lamentable apariencia de
confusión en el seno de la Iglesia, ésta, como organización y además religiosa,
cuenta con acendrados principios para enfrentar situaciones tan tristes como la
presente.
No cabe duda sobre la inclinación por el
bien, la valoración de la castidad, la condena del vicio y la existencia de
mecanismos para luchar contra el mal. A continuación, referencias en este
sentido, de los Evangelios, del Catecismo de la Iglesia Católica (1997) y del Código de Derecho Canónico (1983):
a)
Marcos 9, 42: “Y cualquiera que haga
tropezar a uno de estos pequeños que creen en mí, mejor le fuera si le hubieran
atado al cuello una piedra de molino de las que mueve un asno, y lo hubieran
echado al mar”.
b)
Catecismo de la Iglesia Católica.
2032: “(…) Compete siempre y en todo
lugar a la Iglesia proclamar los principios morales, incluso los referentes al
orden social, así como dar su juicio sobre cualesquiera
asuntos humanos, en la medida en que lo exijan los derechos fundamentales de la
persona humana o la salvación de las almas”.
c) Catecismo de la Iglesia
Católica. 2345: “La castidad es una virtud moral (…)”.
d) Catecismo de la Iglesia
Católica. 2356: “La violación es forzar
o agredir con violencia la intimidad sexual de una persona. Atenta contra la
justicia y la caridad. La violación lesiona profundamente el derecho de cada
uno al respeto, a la libertad, a la integridad física y moral. Produce un daño
grave que puede marcar a la víctima para toda la vida. Es siempre un acto
intrínsecamente malo. Más grave todavía es la violación cometida por parte de
los padres (…) o de educadores con
los niños que les están confiados”.
e) Código de Derecho Canónico. Libro II Del pueblo de
Dios, Parte III De los institutos de vida consagrada y de las sociedades de
vida apostólica, Sección I De los institutos de vida consagrada, Título II de
los institutos religiosos (cann. 607-709), Capítulo VI De la separación del
instituto, Art. 3 De la expulsión de los miembros: 695
§ 1. “Debe ser expulsado el miembro que
cometa uno de los delitos de los que se trata en los cc. 1397, 1398 y 1395 (relativos
al sexto mandamiento: No cometerás actos impuros), a no ser que en los delitos de que trata el c. 1395 § 2, el Superior
juzgue que la dimisión no es absolutamente necesaria y que la enmienda de su
súbdito, la restitución de la justicia y la reparación del escándalo puede
satisfacerse de otro modo”.
f) Código de Derecho Canónico. Libro
VI De las sanciones en la iglesia, Parte II De las penas para cada uno de los
delitos, Título V De los delitos contra obligaciones especiales (cann. 1392-1396),
1394, § 2. “El clérigo que cometa de otro
modo un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo, cuando este delito
haya sido cometido con violencia o amenazas, o públicamente o con un menor que
no haya cumplido dieciséis años de edad, debe ser castigado con penas justas,
sin excluir la expulsión del estado clerical cuando el caso lo requiera”.
A pesar de cierta vaguedad en algunas de
las declaraciones y disposiciones, sin duda pueden servir de base para una enérgica
reacción contra los lamentables vicios de nuestro tiempo.
V. LAS “NOTAS
SOBRE LA IGLESIA Y LOS ABUSOS SEXUALES”
El pasado 10 de abril de 2019, el New
York Post filtró el documento del papa Benedicto XVI, titulado “Notas sobre la
Iglesia y los abusos sexuales”, traducido del alemán por ACI Prensa, filial de
la Eternal Word Television Network (EWTN).
Con la claridad que le es propia, el
papa emérito denuncia la relajación de las costumbres en general y de la
Iglesia en particular. Fija el año 1968 como el inicio del colapso de la
moralidad sexual, con curiosas implicaciones en materia de violencia social, y
en el caso concreto de la pedofilia, señala su
agudización a mediados de los ochenta.
Como pasó en el Derecho, el papa
Ratzinger indica que a partir de entonces la moral se desligó de la Religión y
se relativizó el mal. Sólo hasta la encíclica del papa Juan Pablo II
(1920-2005), Veritatis splendo (1993) se dejó indubitablemente claro
que hay acciones que nunca pueden ser buenas y toleradas.
En definitiva, no se trata de una simple teoría, sino de una fe o religión.
En cuanto al Código de Derecho Canónico, advierte la confusión en la
práctica entre garantismo y la exclusión de cualquier tipo de pena. Al
respecto, con la lucidez que le es característica, Ratzinger señala: “Una ley canónica adecuadamente formada tiene
que contener entonces una doble garantía: la protección legal del acusado y la
protección legal del bien que está en juego”.
Procesalmente,
indica la insuficiencia de las estructuras en Roma (Congregación para la
Doctrina de la Fe), para atender el número de casos presentados. Pero más allá
de los problemas normativos, de interpretación o procesales, la solución
propuesta por Benedicto XVI es esencialmente religiosa:
a) “Amar a
Dios sobre todas las cosas”, es decir, creer en la existencia palpable del
creador y a partir de ello en la del bien y su opuesto el mal, recuperando la
brújula en el actuar de la sociedad y los individuos.
b) En
segundo lugar, reconocer a Dios como hijo, hecho hombre para acercarse íntimamente
a la Humanidad y acompañarnos a lo largo de la vida y en la muerte.
c) Finalmente,
en tercer lugar, la revalorización de la Iglesia más allá de su naturaleza
humana, política. A pesar de lo malo, hoy todavía existe una Iglesia que es ejemplo
de virtud en todos sus estadios, es expresión de Dios y motivo de entusiasmo
para los fieles.
VI. EPÍLOGO
Los males que enfrenta la Iglesia son comunes a otras organizaciones
como el Estado y la familia, pero la Iglesia cuenta con recursos de los que no
disponen los demás. Ojalá que una regeneración moral de la Iglesia sirva de ejemplo
para un renacimiento de los demás órdenes sociales.
Una de las instituciones más antiguas e interesantes del planeta ha
enfrentado, enfrenta y seguramente enfrentará duros problemas. Sin embargo, en
cada ocasión, ha contado con sus recursos humanos, hombres y mujeres de la
talla de san Benito de Nursia, san Francisco de Asís, santo Domingo de Guzmán,
santa Teresa de Ávila o san Ignacio de Loyola.
En el presente, la práctica y prédica del papa Ratzinger son un consuelo
y motivo de optimismo en el futuro de una Iglesia que, aunque eventualmente más
pequeña, sirva de cobijo a las insoslayables necesidades espirituales de los
hombres.
Estadísticamente, los laicos y los latinoamericanos, deben jugar un
papel importante en la reforma moral de la Iglesia. Actualmente en Venezuela y
Nicaragua, por ejemplo, es digna de mención la sintonía alcanzada entre los obispos
y su pueblo.
VII. FUENTES
ACI
Prensa (14-04-19). El documento de
Benedicto XVI sobre la Iglesia y los abusos sexuales. En https://www.aciprensa.com/noticias/el-diagnostico-de-benedicto-xvi-sobre-la-iglesia-y-los-abusos-sexuales-35201, consultado el 16 de abril de 2019.
Álvarez
Palenzuela, Vicente Ángel, Una iglesia europea entre Roma y Cluny. En https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/1252872.pdf,
consultado el 17 de abril de 2019.
AP (23-03-19). Papa acepta renuncia de cardenal ligado a
pederastia en Chile. Milenio. En https://www.milenio.com/internacional/papa-acepta-renuncia-cardenal-ligado-pederastia-chile,
consultado el 17 de abril de 2019.
Bastante,
Jesús (02-09-18). Un informe sobre abusos
sexuales calcula 100.000 víctimas de curas y religiosos en el mundo. El
Diario. En https://www.eldiario.es/sociedad/Abusos-sexuales-Iglesia_0_809469613.html, consultado el 17 de abril de 2019.
Boo,
Juan Vicente (13-03-19). El cardenal
Pell, condenado a seis años de cárcel por abuso sexual de menores. ABC. En https://www.abc.es/sociedad/abci-cardenal-pell-condenado-seis-anos-carcel-abuso-sexual-menores-201903130131_noticia.html,
consultado el 17 de abril de 2019.
Bourdin,
Anita (22-02-19). Mons. Scicluna: “Asumir
la responsabilidad de procesar los casos de crisis de abusos sexuales y de
prevenir los abusos”. Zenit. En https://es.zenit.org/articles/mons-scicluna-asumir-la-responsabilidad-de-procesar-los-casos-de-crisis-de-abusos-sexuales-y-de-prevenir-los-abusos/, consultado el 16 de abril de 2019.
Catecismo
de la Iglesia Católica. En http://www.vatican.va/archive/catechism_sp/index_sp.html,
consultado el 16 de abril de 2019.
Código de Derecho Canónico. En http://www.vatican.va/archive/ESL0020/_INDEX.HTM,
consultado el 16 de abril de 2019.
EFE
(16-02-19). El Vaticano expulsa del
sacerdocio al excardenal McCarrick por abusos. En https://www.efe.com/efe/espana/sociedad/el-vaticano-expulsa-del-sacerdocio-al-excardenal-mccarrick-por-abusos/10004-3899575,
consultado el 16 de abril de 2019.
France24
(24-02-19). Estas son las medidas con las
que el papa Francisco busca combatir la pederastia en la Iglesia Católica.
En https://www.france24.com/es/20190224-papa-francisco-medidas-pederastia-polemica-victimas, consultado el 16 de abril de 2019.
Sabio, Irene (19-03-19). El Papa rechaza la dimisión del cardenal condenado por pederastia.
El Periódico. En https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20190319/el-papa-rechaza-la-dimision-del-cardenal-condenado-por-pederastia-7363563,
consultado el 17 de abril de 2019.