Bartolomé Romero
Tinedo*
Mi abogado Don Qvixote
(Publicado en la versión impresa de Vltima Ratio:
Boletín jurídico semestral de la Sociedad Venezolana para el Estudio del
Derecho Latinoamericano.
Año I, número II. Caracas, julio-diciembre 2014, p. 4).
Desde que Cervantes creara su larga figura, no ha habido personaje más
triste y romántico. Casi tanto como incomprendido luchador, vivió para hacer
justicia y desfazer entuertos en un
mundo no tan interesado en eso. Por
ello es iconográficamente esperable que todo abogado o juez lo tenga en su oficina
junto a la Dama Ciega.
Cervantes estuvo muy marcado por el tema legal, ya que sufrió el rigor de la ley
al estar preso por deudas, así como también por causa de sus andanzas
militares. Ello le hizo saborear muy bien todos los amargos meandros que rodeaban
a la justicia de su época y que se verían reflejados en su obra más conocida, Don Quijote de La Mancha.
Para aquella época estaban muy en boga los libros de
caballería, razón por la que esta obra comenzó siendo una burla hacia ese tipo
de literatura, la cual Cervantes despreciaba abiertamente. Al parecer,
pretendió inicialmente hacer sátira de ellos mediante la historia de un hidalgo
que hasta perdía la razón por leerlos e imitarlos, pero el resultado fue una
obra que marcó no sólo la literatura, sino que es referencia para el
comportamiento humano universal y que, además, retrató con impecable maestría
la vida y sociedad de su tiempo.
EL ENCAJE LEGAL. Tal vez estas experiencias con la ley, los
jueces y los abogados fue lo que determinó la inclusión en Don Quijote de notables pasajes marcados por las leyes (de Dios y
de los hombres).
La clásica idea del encaje legal como relación del ordenamiento
jurídico se menciona en varias circunstancias, entre ellas la evocación de la
Edad de Oro, cuando todo fue siempre supuestamente perfecto; el encaje legal
alude a la idea de ensamblaje, de encaje en un orden de cosas establecidas y
por ende correctas: “La justicia y la ley
del encaje aún no se había asentado en el entendimiento del juez, porque entonces
no había que juzgar ni quien fuese juzgado” (I, XI). También lo encontramos
en los consejos de Don Quijote a Sancho: “Nunca
te guíes por la ley del encaje, que suele tener mucha cabida con los ignorantes
que presumen de agudos” (II, XLII). Y una vez más en el encuentro con los
galeotes encadenados (personajes ya juzgados por sus delitos y sometidos a la
pena de remar en galeras) y que suscita una serie de comentarios y críticas
sobre la humanidad, la justicia y los jueces: “Pues de esa manera (refiriéndose a los que llevaban encadenados y a
pie) que aquí encaja la ejecución de mi oficio, deshacer tuertos y socorrer, y
acudir a los miserables” (I, XXII).
Es de recordar que
Cervantes mismo estuvo condenado a galeras por razones de deudas, así que es
fácil percibir un tono de cierta amargura en la voz del hidalgo.
EL JUEZ SANCHO. También es memorable el conocido episodio en el que a Sancho Panza,
ya nombrado gobernador de la Ínsula Barataria, le es llevado un asunto para su
decisión y juzgamiento. He aquí el caso: “…había cuatro jueces
que juzgaban la ley que puso el dueño del río, del puente y
del señorío que era de esta forma: si alguno pasare por este puente de una
parte a la otra, ha de jurar primero adónde y a qué va; y si jurare verdad
déjenle pasar; y si dijera mentira muera por ello ahorcado en la horca que allí
se muestra sin remisión alguna.
/ Sabida esta ley, pasaban muchos y los jueces los dejaban pasar
libremente. Sucedió pues, que tomando juramento a un hombre, juró y dijo que
venía a morir en aquella horca
y no a otra cosa…” (II, XLIX).
Con ello se plantea un problema de inejecución de la ley, ya que si
dijo la verdad, correspondería ahorcarlo, pero si lo ahorcan se contravendría
el mandato legal de dejarlo pasar. Sancho contestó: “…que tengo más de mostrenco que de hombre agudo… pero me viene a la
mente consejo que mi amo don Quijote me diese antes que venir a ser gobernador
de esta Ínsula: que cuando la Justicia estuviese en duda, me decantase y acogiese
a la misericordia…” “…los jueces y
gobernadores deben de ser o han de ser de bronce, para no sentir las
importunidades de los negociantes que a todas horas y a todos tiempos quieren
que los escuchen o los despachen…
negociante mentecato, no te apresures; espera sazón y coyuntura para
negociar, no vengas a la hora de comer, ni a la de dormir, que los jueces son
de carne y hueso…” (II, XLIX).
De esas quejas y reflexiones sobre el oficio de impartir justicia y de
los consejos que Don Quijote diese a Sancho cuando fuese nombrado gobernador –y
en consecuencia juez de los asuntos de la Ínsula– mucho se ha escrito, pero por
su bello contenido y porque constituye el verdadero corazón del sentido de lo
justo, las traemos de nuevo aquí para escucharlas una vez más:
“Hallen en ti
más compasión las lágrimas del pobre, pero no más justicia, que las
informaciones del rico. Procura descubrir la verdad por entre las promesas y
dádivas del rico, como por entre los sollozos e importunidades del pobre.
Cuando pudiere y debiere tener lugar la equidad, no cargues todo el rigor de la
ley al delincuente, que no es mejor la fama del juez riguroso que la del
compasivo. Si acaso doblares la vara de la justicia, no sea con el peso de la
dádiva, sino con el de la misericordia. Cuando te sucediere juzgar algún pleito
de algún tu enemigo, aparta las mientes de tu injuria y ponlas en la verdad del
caso. No te ciegue la pasión propia en la causa ajena, que los yerros que en
ella hicieres, las más veces, serán sin remedio; y si le tuvieren, será a costa
de tu crédito, y aun de tu hacienda. Si alguna mujer hermosa veniere a pedirte
justicia, quita los ojos de sus lágrimas y tus oídos de sus gemidos, y
considera de espacio la sustancia de lo que pide, si no quieres que se anegue
tu razón en su llanto y tu bondad en sus suspiros. Al que has de castigar con
obras no trates mal con palabras, pues le basta al desdichado la pena del
suplicio, sin la añadidura de las malas razones. Al culpado que cayere debajo
de tu juridición considérale hombre miserable, sujeto a las condiciones de la
depravada naturaleza nuestra, y en todo cuanto fuere de tu parte, sin hacer
agravio a la contraria, muéstratele piadoso y clemente, porque, aunque los
atributos de Dios todos son iguales, más resplandece y campea a nuestro ver el
de la misericordia que el de la justicia” (II, XLII, De los consejos segundos que dio don Quijote a Sancho Panza).
En la España medioeval privó una gran injusticia y corrupción,
como señalan historiadores de la época. Al funcionario
encargado de administrar justicia en los
pueblos lo llamaban “El Justicia” (s. XVI). Estos funcionarios, junto a sus delegados, eran una
versión un poco más evolucionada del pretor romano, ya que iban de pueblo en
pueblo resolviendo controversias y quedarían retratados en la obra de Cervantes.
EL SANTO OFICIO. Otra institución descrita en la obra es el
Santo Oficio, a la que Sancho teme con pavor extremo y llama “Santa Hermandad”.
La particularidad del Santo Oficio era juzgar lo divino- religioso (crimen de
herejía) y lo terreno. Aquí se funde el bien, el mal, lo correcto e incorrecto.
La herejía, delito eclesiástico y civil, también tenía como castigo la cárcel
con trabajos forzados y las galeras. Cervantes era muy religioso, como buen
español hijo de su tiempo, aunque señaló estos errores de la Iglesia y lo
exagerado de los procesos de la Inquisición. Se vio también en su conocido Coloquio de los perros (Novelas ejemplares), en el que satirizó
el auto de fe efectuado en Logroño en 1610. En Don Quijote, una burla fina y
admirable de estos procesos fueron descritos en el capítulo LXIX de la segunda
parte.
El iusnaturalismo, muy propio de la Edad de Oro, es aceptado por Don
Quijote como parte esencial de la justicia. Importantes referencias a Platón,
Aristóteles, Santo Tomás de Aquino, son la guía constante de todo caballero
andante y sus normas, y así son invocados hasta por el Bachiller Sansón
Carrasco. También la justicia distributiva está presente cuando Roque Guinart
reparte el botín entre sus compañeros: “…lo
repartió por toda la compañía con tanta legalidad y prudencia que no
pasó un punto ni defraudó nada de la justicia distributiva…” (II, LX).
Se refiere esta justicia al reparto no sólo de bienes, sino también de
honores entre los ciudadanos. Como no todos poseen los mismos méritos, tampoco
deben recibir honores y bienes en las mismas cantidades. Ah, pero ahí radica la
nobleza del repartidor de justicia, en el ulpianesco principio de dar a cada
quien lo que le corresponde. Aquí exactamente está nuestro Don Quijote, la
nostálgica evocación de la Edad de Oro y sus principios, y por supuesto, el
egoísmo y la incomprensión de quienes le rodearon. Es un personaje que vive en
la Edad de Hierro, presiente que su justicia es un ideal de difícil ejecución.
Por eso sentimos cómo se quiebra poco a poco mientras lucha con un mundo de
gigantes, todos en su contra.
Al final, como si se despertara de un sueño
libresco, el caballero regresa a este
mundo al recobrar la cordura antes de morir. La imposibilidad de cambiar al
mundo se deshebra en su noble intento de hacer justicia, pero deja –en el pecho
de todos– la esperanza en que no todo está perdido: siempre habrá quien defienda
la justicia pura y real, esa con la que soñamos al llegar a una Escuela de
Derecho por primera vez.
_____________________
*
Universidad Católica Andrés Bello, Abogado, Profesor de Derecho Civil.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario