lunes, 15 de enero de 2018

“Orden, unidad y aguantar”

“Orden, unidad y aguantar”


Por:
Jorge Octaviano Castro Urdaneta*


En ese informe hay una frase que es maravillosa porque es la mejor definición del régimen. Dice Carrero: "¿Qué es lo que tiene que hacer su Excelencia?", y pone, dos puntos: "Orden, unidad y aguantar". Y a mí me parece todo perfecto, sobre todo el verbo final "aguantar". Javier Tusell.


Toda pretensión de contextualizar y pretender ofrecer reflexiones objetivas sobre situaciones extremas, es condicionada por la situación del sujeto objeto del  infortunio que lo arropa o afecta.

Así, el agente policial que informa que en una acción represiva para el resguardo del orden público se contabilizaron tres bajas en un enfrentamiento, expone desde sus intereses –por las eventuales consecuencias de sus acciones–, en ese caso es cierto que existen tres muertos, objetivamente se le arrebató la vida a tres personas, pero en ese relato falta algo, ese mismo hecho contado desde la perspectiva del grupo cercano a los afectados, puede evidenciar un ajusticiamiento o el uso debido de la fuerza ante ataques de antisociales.

En política igualmente, la justificación de las decisiones tiene mucho de aparente objetividad, pero al igual que en el caso del policía, es en los detalles de las circunstancias que envuelven determinada acción o reacción, donde encontramos los elementos necesarios para establecer la eficacia y justificación de las mismas, su moralidad o conformidad a derecho.

En general, cuando se hace mención al ejercicio del poder entendido como la “capacidad de un sujeto para influir, condicionar, determinar el comportamiento de otro sujeto”, y particularmente, en lo que se refiere al resguardo de la titularidad de esa capacidad, es cuando se entiende en palabras de Bobbio, como “el hombre político maquiavélico” que ejerce la fuerza del poder por el poder mismo, convierte la política en una relación amigo-enemigo, cuya función primordial es “aunar y defender a los amigos y de dispersar y combatir a los enemigos”, lo que se traduce en la máxima “vita mea tua morte” (Bobbio, Norberto. Teoría General de la Política. Trotta, Madrid, 2005, pp. 186-188 y 755).    

En ese contexto, es importante recordar experiencias históricas sobre los medios para mantenerse en el poder, que ilustran el alcance de esas pretensiones, un ejemplo contemporáneo puede encontrase en la España de Franco, particularmente con la actuación del Almirante Luis Carrero Blanco.

Carrero Blanco fue oriundo de Santoña (Cantabria), llegó a la cúspide de la dictadura franquista, no por méritos militares en batalla y sí por su habilidad para conseguir apartar a todos aquellos que estorbaban a su ascenso, además de una servil exaltación de Franco: "Caudillo, Monarca, Príncipe y Señor de los Ejércitos" y sobre todo una claridad absoluta en cómo mantener al gobierno en el poder. Para esto último, su fórmula se resume en la frase “Orden, unidad y aguantar”:

“…‘Orden, unidad y aguantar’ frente a los enemigos externos y ‘buena acción policial para prevenir cualquier subversión’ interna. En un discurso ante el Estado Mayor en abril de 1968, advirtió ‘que nadie, ni desde fuera ni desde dentro, abrigue la más mínima esperanza de poder alterar en ningún aspecto el sistema institucional, porque aunque el pueblo no lo toleraría nunca, quedan en último extremo las fuerzas armadas’…” (Casanova, Julián. Cuarenta Aniversario del asesinato de Carrero Balnco. El guardián del orden de Franco. En su vida política y en su relación con el dictador, Carrero Blanco se inventó su personaje, consultado el 10 de diciembre de 2018, en:  https://elpais.com/diario/2003/12/14/domingo/1071377556_850215.html).

Un pensamiento si se quiere atemporal para el ejercicio totalitario del poder, que comporta que es “moral y lícito” imponerse por el terror, si este se fundamenta en la justa causa de continuar en el poder y evitar un mal mayor; el que sea, desde el avance del terrible comunismo o al triunfo del vil capitalismo, alzando las banderas de la igualdad o la segregación, afirmándose liberal o conservador; lo importante es fijar un enemigo verdadero o ficticio con el cual se debe luchar incansablemente todos los días, ya que no es posible derrotarlo de forma inmediata sino tan sólo contenerle.

En esa contención se debe ir la vida de toda la sociedad, el hambre, la miseria, los trabajos forzados, la guerra, el genocidio, es poco sacrificio cuando la lucha es por ideales; cuáles, los que sean necesarios sostener y permitan reafirmar la lucha contra el enemigo, que no es otra cosa que la encarnación del mal, cuya existencia y negatividad no es posible cuestionar, sin convertirse en el cíclope que lucha contra héroe que detenta el poder, que por lo demás está predestinado (él o sus herederos) en algún momento a salir triunfante.

Los ejemplos de sacrificios son capitales, la idealización del martirio debe tener un efecto ejemplarizante y multiplicador; como llorar la muerte de un hijo si se tiene presente el asedio al Alcázar de Toledo. En un episodio que “raya en el mito”, se relata:

“Dos días después de haberse declarado el estado de Guerra desde una plaza numantina, sonó el teléfono en la centralita del Alcázar; la llamada más controvertida de la historia de España. El jefe de las milicias de Toledo, Cándido Cabello, pidió hablar con el coronel Moscardó:

·        Jefe de Milicias: Son Uds. responsables de los crímenes y de todo lo que está ocurriendo en Toledo, y le doy un plazo de diez minutos para que rinda el Alcázar, y de no hacerlo fusilaré a su hijo Luis que lo tengo aquí a mi lado.
·        Coronel Moscardó: ¡Lo creo!
·        Jefe de milicias: Y para que veas que es verdad, ahora se pone al aparato.
·        Luis Moscardó Guzmán: ¡Papá!
·        Coronel Moscardó: ¿Qué hay, hijo mío?
·        Luis Moscardó Guzmán: Nada, que dicen que me van a fusilar si el Alcázar no se rinde, pero no te preocupes por mí.
·        Coronel Moscardó: Si es cierto encomienda tu alma a Dios, da un viva a Cristo Rey y a España y serás un héroe que muere por ella. ¡Adiós, hijo mío, un beso muy fuerte!
·        Luis Moscardó Guzmán: ¡Adiós, papá, un beso muy fuerte!
·        Vuelve a coger el aparato Cándido Cabello.
·        Coronel Moscardó: Puede ahorrarse el plazo que me ha dado y fusilar a mi hijo, el Alcázar no se rendirá jamás.

Recogida en 'El Alcázar de Toledo. Final de una polémica' de Alfonso Bullón de Mendoza y Luis Eugenio Togores.
A Luis Moscardó no le fusilarían en los diez minutos siguientes, ni diez horas después. Lo harían el 23 de agosto junto a una saca de otros sesenta presos de Toledo. La conversación, la heroicidad de Moscardó y la vileza de los milicianos se convirtieron en uno de los hitos del bando nacional” (Martín Alarcón, Julio. Sin novedad en el Alcázar de Toledo: la victoria que hizo dictador a Franco. Consultado el 10 de enero de 2018, en la página web: http://www.elmundo.es/la-aventura-de-la-historia/2016/09/27/57e919e9ca4741352d8b4637.html).

Así, en el conflicto por el poder, aquellos alienados por el discurso –desde la posición hegemónica o la subversión– se enorgullecerán por los sacrificios sufridos, conmemorarán la muerte de sus seres queridos y exigirán la solidaridad en las inmolaciones; los timoratos  llorarán al margen y en silencio sus pérdidas materiales y espirituales; y finalmente, los irreverentes sentirán todo el peso del martillo del poder, que golpe a golpe querrá moldearlos o resquebrajarlos.

En ese contexto, todos los grupos bien sea en el marco de la lucha violenta o en la opción reformista dentro del sistema (Bobbio), parecen optar –en palabras del Almirante Luis Carrero Blanco– por aguantar; respecto a lo cual, siempre hay que tener presente, que sólo luego de las inmensas presiones en una forja es posible templar el acero, que en definitiva es el paso previo para convertir el basto metal en una fría arma mortal, tan útil para castrar un pueblo como para degollar a quienes detentan el poder, de lo primero dan fe la familia de Kim Il-sung en Corea del Norte, de lo último Nicolae y Elena Ceaușescu.  


En los conflictos sociales todos los bandos exigen orden y unidad, queda saber cuánto y quiénes aguantarán…

*Abogado egresado de la U.C.A.B., Especialista en Derecho Administrativo U.C.V.

viernes, 10 de noviembre de 2017

El default en la deuda venezolana


ACTUALIDAD ECONÓMICA

Por Natalia Boza Scotto y Emilio Spósito Contreras

Disertaciones sobre el default en la deuda por bonos soberanos y de PDVSA
Reseña del foro ¿Es posible restructurar la deuda venezolana?

El foro titulado ¿Es posible reestructurar la deuda venezolana?, se realizó el 9 de noviembre de 2017 en la Universidad Católica Andrés Bello, en el marco del XXIII Congreso de Actualidad Económica UCAB.
En sus palabras de presentación, Francisco J. Virtuoso, S.J., Rector de la casa de estudios, destacó que ésta constituye un lugar de encuentro para debatir los problemas del país, y en particular, la crisis humanitaria que produciría un default.
El Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la UCAB, Ronald Balza, quien fungió como moderador, estableció un paralelismo entre la situación actual –de endeudamiento y control cambiario– con aquella que vivió el país durante los últimos años de la década de 1980.
Asimismo resaltó que, en cualquier decisión relativa al pago o impago de la deuda y su reestructuración, es relevante la transparencia en torno a los recursos y además, deben considerarse sus implicaciones sobre la materia humanitaria.
El panel estuvo conformado en su mayor parte por economistas, específicamente por Tamara Herrera, José Guerra, Asdrúbal Oliveros y Francisco Rodríguez; a ellos, se unió el abogado Miguel Mónaco.
En primer lugar intervino Tamara Herrera, quien reflexionó sobre la intención del gobierno, proponiendo una interpretación del anuncio sui generis sobre el pago y la reestructuración de la deuda.
Al respecto, opinó que se busca reducir la carga financiera del servicio de la deuda pública –al menos, la correspondiente a bonos–, evitando la necesaria reforma económica y desviando la atención a las sanciones impuestas por los Estados Unidos de América.
Pese a que el objetivo de dichas sanciones es de naturaleza política, el gobierno venezolano pretendería utilizar a los bonistas como arma en contra de aquellas. Se suma, además, la indispensable aprobación institucional interna, por parte de la Asamblea Nacional.


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Las medidas económicas tomadas por el gobierno de los Estados Unidos y la contratación internacional
http://vltimaratio.blogspot.com/2017/10/sanciones-de-estados-unidos.html


Herrera también comentó la proporción entre el servicio de la deuda externa y los ingresos por exportaciones, advirtiendo que este porcentaje se incrementó del 10% en 2008  al 58% en 2016, aunque bajó ligeramente en 2017, a 47%, gracias a un acuerdo con China respecto del pago de los intereses hasta fines de este año y la mejora del precio internacional del petróleo.
Señaló la estrategia gubernamental de reducir las importaciones per cápita, las cuales han alcanzado mínimos históricos y aún se espera que continúen bajando. Por último, consideró que se incurrirá en un default selectivo, sobre la deuda soberana –y no de PDVSA– porque, de los 8,3 millones de dólares que alcanza el servicio de la deuda en bonos para el 2018, 5,4 millones corresponden a la República. Finalizó su exposición preguntándose qué ocurrirá en 2019, sin ocultar su pesimismo.
El conferencista José Guerra afirmó que desde hace años, él ha venido señalando los peligros de endeudarse irracionalmente, refiriendo su obra titulada Venezuela endeudada: De Carlos Andrés Pérez a Hugo Chávez, así como las diez propuestas económicas planteadas desde la Asamblea Nacional, en 2016, para superar la crisis.
Consideró difícil refinanciar o reestructurar la deuda actualmente, pues el gobierno no cuenta con un programa económico que la haga sostenible; el país enfrenta las sanciones impuestas por los Estados Unidos de América, que impiden emitir nueva deuda; y las cláusulas de acción colectiva de muchos de los bonos exigen un consenso del 75% de los tenedores.
¿Qué hacer? Con las reservas petroleras venezolanas, recomendó expandir la producción, financiándola con inversión nacional y extranjera, a través de “activos financieros derivados”.
Finalmente, el conferencista exhortó a los venezolanos a involucrarse en la solución del problema, que concierne y exige la buena voluntad de todos.
Por otra parte, el economista Asdrúbal Oliveros enfatizó que, en caso de materializarse un evento de impago, el proceso de resolución sería de gran complejidad y ameritaría años, sobre todo por las peculiaridades de la realidad actual del país.
Este contexto se caracteriza por la contracción del 36% de la economía, hiperinflación cercana al 2.100% en 2017, sanciones muy duras con impacto en el flujo de caja (déficit de 700 millones de dólares en 2017), caída de los precios del petróleo y de la producción petrolera, la cual se ha visto mermada en 600.000 barriles diarios; e incumplimiento de los planes de inversión de PDVSA.
El gobierno ha enfrentado este escenario mediante la restricción de las importaciones, con un enorme costo social, además de la liquidación cada vez más difícil de activos tales como el oro.
En cuanto a las sanciones de Estados Unidos de América, indicó que las mismas producen un importante deterioro en la reputación del gobierno, así como efectos colaterales sobre los venezolanos en el exterior.
El economista Francisco Rodríguez disertó sobre la posibilidad de reestructurar la deuda venezolana, resaltando en primer lugar la necesidad de precisar a cuánto asciende aquella, visto que no se publican estadísticas consolidadas desde hace un tiempo y existe deuda –como la contraída con China– que el gobierno no reporta en su contabilidad.
En tal sentido, a pesar de las diferencias entre los expertos, el conferencista la estima en unos 137.000 millones de dólares (entre 90 y 110% del PIB), de los cuales, los bonos representan un tercio. Una deuda de tal magnitud resulta insostenible y debe ser reestructurada. La crítica situación actual, es el resultado de no hacer las reformas necesarias en su momento.
Al preguntarse si la deuda se puede reestructurar, Rodríguez respondió que es difícil porque gran parte de ella corresponde a PDVSA, lo que conlleva algunos obstáculos: Dicha empresa no goza de inmunidad soberana y, por lo tanto, sus activos y facturas o créditos por cobrar, están sujetos a embargo –en países como India, actualmente un relevante cliente del crudo venezolano–; y existen dificultades para beneficiarse del proceso de bancarrota del Derecho norteamericano.
A estos inconvenientes, se suma la Orden Ejecutiva 13808 del Gobierno de los Estados Unidos de América, las sanciones contra funcionarios individuales, el riesgo reputacional y la necesidad de aprobación legislativa.
Para la reestructuración de la deuda venezolana, Rodríguez recomendó distinguir entre PDVSA y la República, acotando que entre 2018 y 2019, la deuda de aquella asciende a 6.600 millones de dólares, mientras que la de ésta alcanza 11.700 millones.
Propuso aplicar las cláusulas de acción colectiva para lograr la renegociación en el caso de la República, lo cual es aceptable dentro del régimen de las sanciones impuestas al país, por cuanto no se configura la emisión de una nueva deuda.
Adicionalmente, sugirió destinar recursos a la importación de alimentos y medicinas, bajo un esquema de verificación imparcial.
Y, por último, recomendó solicitar la aprobación de la Asamblea Nacional, según lo sugiere la OFAC (Office of Foreign Assets Control) al dejar abierta la posibilidad de dar una licencia a nueva deuda, emitida con el consenso del órgano legislativo. En este sentido afirmó que, devolver el poder a la Asamblea Nacional es un paso previo, necesario a la reestructuración de la deuda venezolana.
Finalmente, el único abogado presente entre los conferencistas, Miguel Mónaco, reflexionó sobre los obstáculos legales que surgen desde la perspectiva del Derecho externo e interno. Según aseguró, en la práctica, la existencia de mecanismos efectivos para el cobro de la deuda ha determinado el pago por parte del gobierno.
Por ejemplo, en el caso de la deuda argentina, las cortes de Nueva York demostraron que a través de medidas judiciales pueden obligar a un gobierno a pagar a sus acreedores.
En el Derecho interno, el artículo 100 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, del 30 de diciembre de 2015, establece expresamente que no se requiere autorización de la Asamblea Nacional para el refinanciamiento o reestructuración de la deuda, cuando se establezcan mejores condiciones para la República (por ejemplo la reducción del tipo de interés o la ampliación del plazo de pago).
Sin embargo, tiene preminencia la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo artículo 150 exige la aprobación del Poder Legislativo Nacional para celebrar contratos de interés público nacional, o con sociedades no domiciliadas en el país, entre otros supuestos.
Desde el punto de vista externo, precisó que la Orden Ejecutiva 13808, impide insalvablemente la reestructuración de la deuda venezolana, porque prohíbe a personas estadounidenses o residentes en Estados Unidos de América, participar en contratos que impliquen nueva deuda emitida por PDVSA, con vencimiento superior a 90 días; o nueva deuda del gobierno venezolano, con vencimiento superior a 30 días.
Advirtió que –en su opinión– las prohibiciones contenidas en la comentada Orden Ejecutiva, alcanzan a cualquier transacción realizada en dólares.
Otro aspecto de importancia se refiere a quién negocia, pues los bonos no cuentan con cláusulas cross-default. Al escoger cuál bono dejar de pagar, resulta más conveniente que sea la República quien incumpla, por gozar de inmunidad soberana de jurisdicción.
Además, existen cláusulas de acción colectiva que exigen para los acuerdos, mayorías del 75% de los tenedores –y en el caso de PDVSA hasta la unanimidad–, lo que plantea el peligro de los acreedores intransigentes o holdouts, no dispuestos a negociar, que podrían impedir el refinanciamiento si controlan más del 25% de la deuda.
Agregó que, a lo interno, resulta necesario un acuerdo con la Asamblea Nacional y, a lo externo, acudir a organismos de financiamiento internacional.

Preguntas y respuestas

A propósito del default, ¿es posible distinguir entre PDVSA y la República?

Asdrúbal Oliveros: La República y PDVSA son una unidad, aunque demore unos años traspasar el velo que las separa.

José Guerra: Nadie en el mundo va a creer que PDVSA es algo diferente a Venezuela. La empresa es 100% propiedad del Estado y una suerte de alter ego de Venezuela.

Miguel Mónaco: Levantar el velo corporativo no es tan fácil, PDVSA no se constituyó para defraudar a los acreedores. Ésta es una barrera inicial que terminará cediendo, como ocurrió en el caso Crystallex, en el cual se sostuvo que ambas conforman una misma entidad.



jueves, 19 de octubre de 2017

La dolarización en Venezuela


Adriana Peraza
Abogada UCV, tesista del MBA del IESA

DOLARIZACIÓN OFICIAL
EN VENEZUELA:
COSTOS Y BENEFICIOS

Según expertos, Venezuela está atravesando por una crisis económica y social. Se ha oído entre varios ciudadanos comunes que “dolarizar” se traduciría en la estabilización definitiva de sus finanzas personales. Esto se debe a que existe una dolarización material en los mercados, por cuanto “gradualmente [se ha ido] cotizando y transando un número creciente de mercancías en dólares. Esta práctica se [inició] en el mercado inmobiliario y con los productos que tienen un alto componente importado, tales como vehículos, electrodomésticos, computadoras, teléfonos móviles, etc., pero luego se [extendió]a todos los mercados y ramas de la economía” (Álvarez, 2015).
Valdría la pena preguntarse lo siguiente: ¿Estos ciudadanos sabrán las implicaciones de una dolarización oficial? ¿Será viable? De antemano se indica que existen dificultades en el entorno para expresar datos, ya que la información oficial no se encuentra actualizada. Por otro lado, es oportuno señalar que antes de iniciar la Maestría en Administración de Empresas, consideraba inalcanzable el entendimiento en asuntos económicos. Como abogada y venezolana, responder a dichos planteamientos implicaría un avance académico y personal.

Antecedentes

En 2011, Roberto Olivares Farías publicó en “Daena: International Journal of Good Conscience. 6(2) 54-82. Octubre 2011. ISSN 1870-557X 54”, del Instituto de Estudios Superiores Spenta México, un trabajo de investigación titulado “Costos y Beneficios de una Dolarización Oficial en México”. Según sus conclusiones “Hay razón para creer después de esta investigación que este sistema sería factible de implementarse en México con un costo económico relativamente bajo” (pág. 75, último párrafo).

Contexto

¿Qué es dolarizar? “Consiste en una decisión entre el gobierno y la autoridad monetaria para sustituir el signo monetario nacional por el dólar” (Álvarez, 2015). ‘Cabe señalar, […] que no es necesario pedir permiso a la Reserva Federal de Estados Unidos’ para dolarizar. (Cohen, 2000)” (Olivares Farías, 2011).
Entendiendo el panorama venezolano. La situación venezolana es muy compleja, por ende, antes de analizar cuáles serían los costos y beneficios que implicaría una dolarización, será imperante ubicar cuál es el contexto según diversas opiniones de expertos en la materia extraída de medios de comunicación entre los años 2014 y 2016:
Una dolarización material. El señor García Larralde afirmó que “‘muchos bienes ya están dolarizados’; es decir, se fijan con base al dólar paralelo, lo que califica de ‘grave’, ya que en el país los salarios son en bolívares” (Figueroa, 2015).
Del eterno control cambiario. Desde el año 2003 “el país está bajo un férreo control de cambio y organismos gubernamentales como Cadivi en 2009 y Cencoex en 2015, son los encargados de aprobar las divisas que recibe el sector privado que representa 57% del PIB” (Salmerón, 2016).
Caída de las importaciones. Para enero y mayo de 2016 “aunque no se cuenta con data oficial [,] las importaciones totales se han contraído 45,6 % interanual” (Oliveros and Navarro, 2016).
De la inflación más alta del mundo. El portal de noticias BBC Mundo, reseñó en febrero del corriente año que “La inflación de Venezuela llega al 180% y se confirma como la más alta del mundo” (BBC Mundo, 2016). Aunado a lo anterior, “el incremento de los precios ha venido acelerándose[.] De esta manera, en junio la inflación acumulada que estimamos se encontró en 128,6%, un poco menos del doble de lo que fue la inflación para todo 2014 (68,5%).  En términos interanuales, estamos hablando de un crecimiento de los precios por encima de 300,0%” (Oliveros and Navarro, 2016).
Caída de las reservas. “Las reservas internacionales […] se ubicaron el 3 de noviembre en 11 mil 009 millones de dólares, magnitud que se traduce en un declive de 32% en el año y en el nivel más bajo desde octubre de 2002. Un aspecto relevante es que de acuerdo con Síntesis Financiera en 2002 este nivel de reservas permitía cubrir trece meses de importaciones y hoy solo cuatro. Además, en 2002 el 65% de las reservas eran divisas y en este momento solo alcanzan a 12% porque el grueso corresponde a barras de oro” (Salmerón, 2016). “El mismo Banco Central indica que el Fondo de Estabilización […] sólo posee tres millones de dólares”. En 2005, el gobierno creó el FONDEN. Dicho fondo “ha recibido 135 mil millones de dólares […]. Después de los traspasos al Fonden, las reservas internacionales […] están en niveles históricamente bajos” (Salmerón, 2016).
Caída de los precios y producción de petróleo. En 2014, el MENPET ubicó el precio por barril de crudo venezolano en $ 88,42 y para la semana del 7 al 11 noviembre de 2016, el precio es de $ 37,46. (Mpetromin.gob.ve, 2016), lo que representaría una caída del 57,64%. En cuanto a la producción, “PDVSA reporta a la OPEP, después de haber alcanzado un máximo de 3,20 millones de barriles diarios en septiembre de 2008, la producción de crudo empezó a declinar y para diciembre de 2015 había perdido 628.000 barriles diarios” (Oliveros and Navarro, 2016).
Desbalance en las cuentas. “Ecoanalítica proyecta que, a un precio promedio de 30 dólares el barril este año, Venezuela recibiría un ingreso de 22 mil 273 millones de dólares por exportaciones petroleras, mientras que los gastos por importaciones, servicios, pagos de deuda y salida de capital suman 49 mil 487 millones. El resultado es que, para balancear las cuentas, se requieren 27 mil 214 millones de dólares que aún no se sabe de dónde provendrán”. (Salmerón, 2016).
Depreciación del tipo de cambio alternativo. “El pasado viernes 29 de julio la cotización cerró en 645,1 bolívares por dólar, lo que representa una depreciación de 67,9% en 142 días” (Oliveros and Navarro, 2016).

Los costos de una dolarización

Visto el panorama actual, se pasará a resumir brevemente los costos que traería dolarizar de forma oficial nuestra economía.
Pérdida del Control de la Política Monetaria. “Brea, Dávalos & Santos (2001) argumentan que [esto] evitaría que [se] pudiera ejercer control unilateral sobre la oferta monetaria, para estabilizar el ciclo económico en caso de una recesión económica” (Olivares Farías, 2011).
Problemas políticos y pérdida de la identidad nacional. “Se recomienda que los países que piensen [en este mecanismo] tengan antes una discusión abierta y amplia sobre el tema y dolaricen sólo si hay un consenso político (Hausmann & Powell, 2000, p. 5)” (Olivares Farías, 2011).
Costo por cambio de moneda. El BCV “tendría que comprar el total de la moneda nacional en circulación que […] es de VEF1,5 billones”. “Estimamos que tomando en cuenta la masa de dinero en circulación y el total de activos (reservas y otros fondos) […] el Gobierno tendría que aplicar una tasa de cambio de VEF 32,2/US$, […] el total de gasto presupuestado para este año pasaría de US$87.719 millones a US$17.162 millones, el valor de los depósitos del público en el sistema bancario de US$225.190 millones a US$44.058 millones y el valor del sueldo mínimo expresado en dólares de US$674 a US$132. De querer dolarizar a un tipo de cambio oficial de VEF 6,3/US$ el BCV tendría que disponer de US$211.605 millones” (Oliveros and Villamizar, 2014).
Otros costos. “Pérdida de ingresos para el Fisco por concepto de señoreaje […]. El Banco Central no podría auxiliar al sistema financiero en caso de una crisis [y sería] una decisión casi irreversible” (Guillermo García, 2014).

Los beneficios

Ahora bien, veamos los beneficios:

Se recuperará el ahorro y el patrimonio de los venezolanos, porque se elimina el riesgo de la devaluación, y el financiamiento crediticio mejora.
Estabilización y reducción de la inflación a niveles internacionales de un dígito.
Bajas tasas de interés y con ello mayor acceso a los capitales.
Eliminación de riesgo de emitir dinero sin respaldo lo que provocaba altos índices inflacionarios.
Se descarta cualquier influencia política en el manejo monetario y fiscal del país.
Credibilidad en el esquema monetario y en consecuencia atracción de capitales extranjeros (Inversión directa).
Mayor integración a mercados internacionales, de capitales y Valores atrayendo inversión foránea de portafolio (Guillermo García, 2014).

Conclusiones

Un aspecto que se ha de tomar en cuenta al momento de dolarizar será la tasa de cambio a la que se hace la conversión de moneda nacional a moneda extranjera [para julio de 2016, sería Bs. 645,1 bolívares por dólar] así como la disponibilidad de fondos para hacerla (Oliveros and Villamizar, 2014).

De acuerdo con lo antes expuesto, pareciere que Venezuela no contara con los fondos necesarios para cubrir el alto costo que implicaría comprar la moneda en circulación.

Una opción ante este escenario sería reducir la cantidad de dinero en circulación y acumular un mayor stock de divisas a través de un ajuste en las importaciones como un paso previo a la dolarización, pero el solo hecho de que dicho “requisito previo” pueda llevarse a cabo sería una muestra de que la dolarización no es necesaria para lograr una estabilidad monetaria y cambiaria. Además, un ajuste en las importaciones agravaría aún más la escasez de bienes en el mercado interno (Oliveros and Villamizar, 2014).

Bibliografía

Álvarez, V. (2015). La dolarización espontánea. [online] Victoralvarezrodriguez.blogspot.com. Available at:  https://victoralvarezrodriguez.blogspot.com/2015/08/la-dolarizacion-espontanea.html [Accessed 13 Nov. 2016]. (párrafo 1 y 3).

BBC Mundo. (2016). La inflación de Venezuela llega al 180% y se confirma como la más alta del mundo - BBC Mundo. [online] Available at: http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/02/160218_venezuela_inflacion_banco_central_aw.shtml [Accessed 13 Nov. 2016].

Figueroa, A. (2015). Infografía | Venezuela vive una “dolarización informal”. [online] El Mundo Economía y Negocios. Available at: http://www.elmundo.com.ve/noticias/actualidad/analisis/infografia---venezuela-vive-una--dolarizacion-info.aspx#ixzz4PqnrCKhh [Accessed 13 Nov. 2016]. (párrafo 3)

Guillermo García, N. (2014). Dolarización: Ventajas y desventajas. [online] Eluniversal.com. Available at: http://www.eluniversal.com/opinion/140831/dolarizacion-ventajas-y-desventajas [Accessed 14 Nov. 2016]. (párrafos 5-8)

Mpetromin.gob.ve. (2016). Ministerio del Poder Popular de Petróleo y Minería. [online] Available at: http://www.mpetromin.gob.ve/portalmenpet/secciones.php?option=view&idS=45 [Accessed 14 Nov. 2016].

Olivares Farías, R. (2011). Costos y Beneficios de una Dolarización Oficial en México. 1st ed. pp.1, 56, 60, 66, 74.

Oliveros, A. and Navarro, P. (2016). #Venezuela: 10 datos económicos para entender lo que viene. [online] Prodavinci.com. Available at: http://prodavinci.com/blogs/venezuela-10-datos-economicos-para-entender-lo-que-viene-por-asdrubal-oliveros-y-pilar-navarro/ [Accessed 13 Nov. 2016]. (párrafos 1,2 7,

Oliveros, A. and Villamizar, G. (2014). Citar un sitio web - Cite This For Me. [online] Prodavinci.com. Available at: http://prodavinci.com/2014/11/10/economia-y-negocios/hay-que-dolarizar-la-economia-venezolana-por-asdrubal-oliveros-y-gabriel-villamizar/ [Accessed 14 Nov. 2016]. (párrafos 19)

Salmerón, V. (2016). ¿Cómo el BCV está aumentando la presión inflacionaria? [online] Prodavinci.com. Available at: http://prodavinci.com/blogs/como-el-bcv-esta-aumentando-la-presion-inflacionaria-por-victor-salmeron/ [Accessed 13 Nov. 2016]. (párrafo 17 )


Salmerón, V. (2016). ¿Qué tan dramática es la caída de la oferta de dólares?. [online] Prodavinci.com. Available at: http://prodavinci.com/blogs/que-tan-dramatica-es-la-caida-de-la-oferta-de-dolares-por-victor-salmeron/ [Accessed 13 Nov. 2016]. (Párrafos 3, 7, 20).

jueves, 5 de octubre de 2017

Sanciones de Estados Unidos


ACTUALIDAD JURÍDICA

Por Natalia Boza Scotto y Emilio Spósito Contreras

La ejecución de sentencias en el proceso administrativo iberoamericano: España, Perú, Costa Rica, Colombia y Venezuela

La Universidad Monteávila (UMA) sirvió de escenario para el bautizo del libro “La ejecución de sentencias en el proceso administrativo iberoamericano: España, Perú, Costa Rica, Colombia y Venezuela” del profesor Miguel Ángel Torrealba Sánchez (UCV-UMA). El evento se realizó el 26 de septiembre de 2017, en el auditorio de la Biblioteca de dicha Casa de estudios.
Las palabras de apertura estuvieron a cargo de la profesora María Verónica Torres Gianvittorio, directora de la Escuela de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UMA; la presentación del acto correspondió al profesor Carlos García Soto (UMA) y la presentación de la obra, al reconocido administrativista José Araujo Juárez.
La referida obra es la tesis de doctorado presentada el 30 de enero pasado, en la Universidade da Coruña (UDC), bajo la tutoría de la profesora Marta García, y que obtuvo calificación: “sobresaliente cum laude”. El doctorado del profesor Torrealba Sánchez sería el primero del Programa de Doctorado de Derecho Administrativo Iberoamericano, dirigido por el profesor Jaime Rodríguez-Arana.
Como su título lo indica, en el libro se estudia el régimen legal y las tendencias de la ejecución de las sentencias en el proceso administrativo iberoamericano, en el cual se ha venido superando el carácter revisor y objetivo del contencioso-administrativo, y reemplazando por la noción de pretensión procesal administrativa.
En sus palabras de agradecimiento al concurrido auditorio, el profesor Miguel Ángel Torrealba Sánchez destacó la importancia del estudio del Estado de Derecho para las nuevas generaciones que se preparan como abogados en las Universidades venezolanas.

Las medidas económicas tomadas por el gobierno de los Estados Unidos y la contratación internacional

La Academia de Ciencias Políticas y Sociales (ACPS) y el Instituto de Derecho “Tatiana Maekelt”, iniciaron el mes de octubre con una reflexión sobre un tema de gran actualidad e importancia para los venezolanos. El evento titulado “Las medidas económicas tomadas por el gobierno de los Estados Unidos y la contratación internacional”, se realizó el 4 de octubre de 2017 en el Palacio de las Academias.
La apertura estuvo a cargo del Dr. Gabriel Ruan Santos, presidente de la ACPS, quien, citando las obras de Isidro Morales Paúl y Rafael Caldera, destacó el ideario de Andrés Bello sobre el Derecho Internacional Público, resumido en la frase: “De admitirse la intervención por causas justas, se generaría una dependencia humillante respecto de las naciones poderosas”.
Andrés Bello consideraba la igualdad entre los Estados, las repúblicas más débiles tienen iguales derechos y obligaciones que el imperio más fuerte. Para finalizar, el Dr. Ruan Santos dejó la siguiente pregunta en el aire: ¿Debe ceder el principio de no intervención ante el “intervencionismo humanitario” de nuestros días?
La primera conferencia correspondió al profesor Eugenio Hernández-Bretón (ACSP-Decano UMA), quien abordó el tema “Las medidas, su naturaleza y su aplicación extraterritorial”.
La Executive Order 13808, dictada por el presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, Donald Trump, el 24 de agosto de 2017, especifica que entrará en vigencia a partir de las 12:01 a.m. del 25 de agosto de 2017, aunque fue publicada con posterioridad, el 29 de agosto del mismo mes y año.
La Executive Order –cuyos antecedentes son la Venezuela Defense of Human Rights and Civil Society Act (de diciembre de 2014), la Executive Order 13692 del 8 de marzo de 2015 y las listas emanadas de la OFAC– impone sanciones adicionales ante la situación de Venezuela, dada la elección en julio de la Asamblea Nacional Constituyente.
Se prohíben a “US persons”, entre varios tópicos, transacciones, financiamiento y cualquier otro negocio relativos a: i) nueva deuda emitida por PDVSA, con vencimiento superior a 90 días; o nueva deuda del gobierno venezolano, con vencimiento superior a 30 días; ii) bonos emitidos por el gobierno antes del 25 de agosto de 2017; iii) pago de dividendos u otras utilidades al gobierno por cualquier ente de su propiedad o controlado por éste.
Inmediatamente, el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica dictó un período de gracia de 30 días y excepciones a las referidas prohibiciones, autorizando, por ejemplo, los bonos venezolanos señalados expresamente en un cuadro anexo –en el cual no aparece el Bono Venezuela 2036, emitido en diciembre de 2016–; la realización de transacciones relativas a Citgo Holding, Inc. y sus filiales; o el financiamiento para insumos agrícolas y medicinas.
A continuación, la profesora Claudia Madrid Martínez (UCV-UCAB), disertó sobre el “Carácter imperativo de las medidas y la contratación internacional”. Al respecto, se centró en los contratos con el Estado, los cuales, aunque están sometidos a la legislación venezolana, deben considerar las “Normas internacionalmente imperativas”, calificación que puede darse a las normas contenidas en la Executive Order 13808.
Resaltó la profesora Madrid que este tipo de medidas tiene una vocación internacional y un poderoso efecto disuasivo. En tal sentido, recordó el caso del niño cubano que en 2006 ganó un concurso de fotografía de la ONU, a quien la empresa Nikon negó la entrega de la cámara fotográfica ofrecida como premio, por temor a las multas por una eventual vulneración del bloqueo impuesto a Cuba por los Estados Unidos de Norteamérica.
Destacó que, con la Executive Order 13808, se reafirma la necesidad de participación de la Asamblea Nacional en materia de contrataciones públicas (“contratos de interés público nacional, máxime si se celebran con Estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no domiciliadas en Venezuela”), a tenor de lo dispuesto en el artículo 150 constitucional. Finalmente, concluyó que estas medidas van a perseguir a Venezuela, dentro y fuera de Estados Unidos.
Para cerrar, el profesor Miguel Mónaco (UCAB), se refirió a “El caso de la reestructuración de la deuda pública venezolana”. Respondiendo de alguna forma a la interrogante planteada al principio por el Dr. Ruan Santos, recordó las palabras de Umberto Eco a propósito de la Guerra en los Balcanes: “la universalidad de los derechos humanos lleva a que los Estados se pregunten qué es tolerable y qué no”.
Advirtió que la utilización del dólar en una transacción implica que Estados Unidos figure en ésta, de manera que la misma puede resultar afectada por las sanciones contenidas en la Executive Order comentada. Esta situación explicaría el intento del gobierno venezolano, de usar monedas de otros países, como China o Rusia.
Señaló varias zonas grises sobre el ámbito de aplicación de la Executive Order 13808. Por ejemplo, podría entenderse incluido el consentimiento de la mora por parte del acreedor de la República o de PDVSA, por más de 30 o 90 días, respectivamente. En el análisis textual del documento, destacó que las prohibiciones abarcarían los títulos valores vendidos por el gobierno venezolano, aun cuando no fuera su emisor.
Finalmente, destacó que la Executive Order dificulta considerablemente un proceso de reestructuración de la deuda pública venezolana, resaltando que en la propuesta de Lee C. Buchheit (Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP) y G. Mitu Gulati (Duke University School of Law), presentada el 21 de julio de 2017 –previo a las sanciones–, se contempla la neutralización de los denominados “holdouts” con la transmisión de las obligaciones de PDVSA a un tercero, constituido específicamente para ello.