Jorge Castro Urdaneta*
EL SISTEMA JURÍDICO
DE LA CHINA IMPERIAL
(Publicado en la versión impresa de Vltima Ratio:
Boletín jurídico semestral de la Sociedad Venezolana para el Estudio del Derecho Latinoamericano.
Año I, número I. Caracas, enero-junio 2014, p. 3).
Desde la época de las
llamadas “dinastías imperiales”, en China persiste una visión en la que se
conciben a sí mismos como cardinales en el contexto mundial –tal vez como herencia directa del
sinocentrismo– lo que en muchos aspectos a lo largo de su extensa e
ininterrumpida historia ha signado muchas de sus políticas internas e
internacionales.
Desde esa
perspectiva, podría encontrarse a lo largo de la historia de China, algunas
similitudes con lo que significó Roma para el mundo occidental, respecto de la
cual es común el aserto Roma caput mundi,
regis orbi frena rotundi, así en muchos aspectos el desarrollo del Derecho en la China ancestral,
influenció significativamente a otros sistemas legales de Asia, como el caso
del ordenamiento jurídico coreano, japonés, o lo que hoy es Vietnam, entre otros
Estados actuales o ya desaparecidos como el Reino de Ryukyu.
La cosmovisión China clásica, afirmaba un orden en el cual el cielo –tian– se refleja en el mundo humano a
través de la paz –an– o armonía de la
sociedad, siendo el emperador intermediario entre esos universos –celestial y
terrenal–, por lo que cuando éste perdía el mandato celestial, su derrocamiento
no era visto –si era exitoso claro está– como un crimen, sino como una acción
justificada por el propio “orden” que sustentó el anterior gobierno.
Las principales escuelas filosóficas que surgen de este período son la
de los legistas, el confucionismo y el taoísmo, las cuales han marcado el
Derecho chino, a la par de corrientes doctrinarias de escuelas filosóficas
“minoritarias”, como el mohismo, las cuales no se difunden ampliamente o
inciden de forma aislada en la formación del sistema jurídico chino, pero
caracterizan la constante hibridación de éstas, con nuevas concepciones que
resultaron de la occidentalización del Derecho chino, hasta la actual
reformulación del sistema jurídico chino, en la cual juega un papel destacado
el Derecho Romano.
Los legistas. Tuvo su apogeo en la dinastía Qin
(221-206 a.C.). Bajo la influencia de Shang
Yang, sostuvo que el medio a través del cual se podía lograr la armonía
social era con el sometimiento de la población al fa –vale decir a lo que en Occidente consideraríamos el
ordenamiento jurídico positivo propiamente– como un ejercicio propio del poder
político, el cual comportaba el establecimiento de un régimen legal cuyo
desconocimiento acarreaba severos castigos.
Para los legistas, el
emperador es concebido como el “Hijo del Cielo” y su función primordial era
armonizar el orden social con el orden cósmico, por lo que detenta lo que hoy
denominaríamos el Poder Público, el que ejerce a través de un cuerpo de
funcionarios a los cuales en principio, sin perjuicio de su plena y originaria
autoridad, debe dejar el cumplimiento de ciertas tareas.
Según enseña Li Lin, se elaboró el Fa Jin o Derecho clásico que constituía
un conjunto de códigos de todas las áreas del Derecho con especial ahínco en la
de naturaleza civil y penal, con lo que se regularon temas como la violación de
la propiedad privada y pública (Dao Fa),
daño a la estabilidad del Estado y a la seguridad personal (Zei Fa) entre otros, el cual fue objeto
de revisión después de la dinastía Qin,
regulándose aspectos de la vida política, económica o cultural hasta temas de
la vida cotidiana, como la tenencia sobre la tierra (Tian Lu), la designación y nombramiento de funcionarios públicos (Zihili Lu), las prácticas agrícolas como
lo relativo a los cultivos (Cang Lu)
o la administración del dinero y de los recursos minerales (Jinbu Lu).
El confucionismo. La dinastía Han (206 a.C. al
220 d.C.) asumió el sistema de Derecho Qin,
pero sostuvo la idea de Dong Zhongshu
de valorar primordialmente al confucionismo, el emperador Kao Tsu, fundador de la dinastía Han, tributó honores religiosos a Confucio y posteriormente el
emperador Wu estableció el
confucionismo como la disciplina básica para la formación de los funcionarios
de gobierno; a partir de tales eventos, cada nuevo regente profundizó de
diversas formas los honores que sus predecesores les habían tributado a
Confucio, incluso después de la caída del Imperio, si bien el confucionismo
recibió un fuerte golpe, el gobierno de Chang
Kai Shek declaró en 1934 fiesta nacional el aniversario del nacimiento de
Confucio.
Para Confucio, la armonía
social parte de la conformidad de la conducta individual de las normas morales
y no de la coerción externa de las leyes, por ello su énfasis en el orden moral
o li que por sí mismas logran el
orden social, más que en el fa.
Las doctrina
confucionista, afirmaba la existencia de emperadores santos de dinastías
legendarias que habían mantenido unido y en orden el universo, mientras que la
escuela legista partía del mundo tal cual es, sin reflexionar sobre un pasado
ideal sobre el cual fundamentarse.
El sistema confuciano
responde a la época de conflictos en la que viven sus fundadores y resuelve los
problemas de un imperio eminentemente burocratizado, en el cual resultaba
necesaria la unificación social y política, al ser el núcleo de la ética
confucionista la formulación de las cinco relaciones: entre señor y súbdito,
padre e hijo, esposo y esposa, hermano mayor y hermano menor, amigo mayor y
menor, y de la cual se desarrollaron posteriormente, las diez maneras de
comportarse: amor del padre, respeto filial del hijo; afabilidad del hermano
mayor, humildad y respeto del hermano menor; equidad del esposo, obediencia de
la esposa; consideración humana de los ancianos, respeto de los jóvenes;
benevolencia de los señores y fidelidad de los súbditos.
Los postulados del confucionismo resultaron bastante
adecuados, ya que impregnaron toda la mentalidad china, particularmente con su
concepción de la familia, en la cual se llegó a identificar el imperio con una
gran familia, en la que el emperador debía ser un padre bondadoso y los
súbditos respetuosos y fieles, sus hijos.
El anterior símil no es
gratuito, debido a que la familia es el sustrato más fundamental sobre el
que se edifica la sociedad china, ya que ha sido la base de la organización social
y administrativa, en la medida que sobre las bases del confucionismo adquiere
unas dimensiones que caracterizan la sociedad tradicional china.
Confucio tiene la virtud de ser un extraordinario compilador, que
sistematizó la tradición clásica china, que permitió a la escuela de los
letrados confucianos, estructurar todo el mundo chino tradicional, desde la
organización social como el gobierno y la educación.
Su pensamiento es eminentemente práctico y básicamente moral,
vinculado a la relación del hombre con otros, que en las cinco relaciones
básicas que acabamos de mencionar deben concretar la virtud básica del ren, habitualmente traducida como
“humanidad” o “benevolencia”, y que consiste en “amar a los hombres”.
Ahora
bien, ese amor es jerarquizado, en tanto se ajusta a las cinco relaciones
básicas, que se concreta en que la relación entre el soberano y sus súbditos
sea similar a la que existe entre un padre y sus hijos; el primero debe
procurar el bienestar del pueblo, y el pueblo debe obedecerlo como a un padre. Esa idea
con ciertos matices se mantiene parcialmente vigente en la actualidad,
concretamente en la relación entre la China comunista –paternalismo estatal
chino– y los ciudadanos.
Todas las
corrientes que se inscriben en el confucionismo, destacan la necesidad de
seleccionar, al margen de sus antecedentes sociales y económicos, a personas
virtuosas, lo cual se concretó en el llamado sistema de examen competitivo
chino para el servicio civil, que en forma alguna trastocó el carácter de China
como una sociedad organizada y estrictamente diferenciada, lo que se
consideraba como un elemento necesario para la armonía en la sociedad.
El
taoísmo. La tercera corriente de pensamiento que influyó en
la concepción del sistema jurídico imperial chino, es el taoísmo o daoísmo, desarrollado entre
otros por los filósofos Lao Tsé y Zhuang Zi. Se opone a las instituciones
y organizaciones, así como a las leyes morales y los gobiernos en general al
considerarlos como artificios humanos que obstruyen el tao; bajo la práctica del wua
wei, se materializa una pasividad política en la cual la sociedad y las
personas aceptan sin lucha las experiencias de la vida, conforme a la forma
natural de las cosas, por lo cual se termina sosteniendo que la mejor forma de
“gobernar el mundo es no gobernarlo”; el gobierno terminaría siendo una guía y
no un poder que gobierna.
No es difícil entender
entonces, por qué el taoísmo se ha señalado como la “otra manera” e incluso
como una respuesta al confucionismo y a los legistas –aunque la idea del tao, sea parte igualmente de estas otras corrientes de
pensamiento–, por lo que no puede considerarse radicalmente diferente a la
concepción de la vida confuciana. Mientras que del confucionismo se puede
afirmar fue la escuela de la élite, el taoísmo prosperó entre la gente común.
El confucionismo denunció el principio de wua
wei y creía en una forma más activa del gobierno y control social rígido,
en tanto que el taoísmo se enfocaba fundamentalmente en promover la paz
interior de las personas y armonía con el entorno.
Aunque el taoísmo puede
ser diferente del confucionismo, no es contradictorio; tanto confucionismo,
taoísmo y los legistas desempeñaron un papel en la caracterización del sistema
jurídico imperial chino. Para el confucionismo la clase dirigente estaría
controlada por la virtud en lugar de la ley, pero los legistas conferían a la
ley positiva la importancia necesaria para que esa clase ejerciera la represión
necesaria de la disidencia o en general de las leyes que ellos dictaban –sin
alejarse ambas corrientes del objetivo de alcanzar el mundo ideal, el tao–, en tanto el taoísmo igualmente era
útil a los fines de mantener el estatus establecido –el taoísta se aleja del
activismo social–.
De ello resulta pues,
que el Estado de Derecho –fazhi– en
la antigua China se caracteriza por ser fundamentalmente una regla moral –renzhi–, diseñado para el beneficio de
aquellos que gobiernan, y la ley se erige como un instrumento de represión.
Así, desde el punto de vista jurisdiccional, las diferencias entre personas se
resolvían en términos generales de acuerdo a los principios del li, lo que tal vez explique la tradición
china contemporánea de defender la conciliación directa o los medios
alternativos de resolución de conflictos, como principal vía de solución de
controversias.
El Derecho imperial chino,
tal vez pueda ilustrarse con el relato de Cheng-Yung,
un alto funcionario chino en el año 497 d.C., quien fue enterrado con los
escritos de Confucio y de Lao Tsé en la mano izquierda, y los
Sutras del Loto budista en la diestra, por lo que murió, se dice, como un
típico chino: avanzando con los tiempos y los cambios
para satisfacer sus necesidades, aunque en algunos casos ello implique
importantes sacrificios sociales.
____________________
*Universidad Católica Andrés Bello,
Abogado. Universidad Central de
Venezuela, Especialista en Derecho Administrativo; cursante del Doctorado en Ciencias, mención
Derecho.
El tema del presente
trabajo se encuentra desarrollado por el autor en la Revista de Derecho, número
35, del Tribunal Supremo de Justicia.
Interesante artículo, me propondré leer el que está en la Revista del Tribunal.
ResponderBorrarSin embargo, me llamó la atención que hay dos planteamientos sobre el confucionismo. Uno que plantea que Para Confucio, la armonía social parte de la conformidad de la conducta individual de las normas morales y no de la coerción externa de las leyes, por ello su énfasis en el orden moral o li que por sí mismas logran el orden social, más que en el fa; y, otro en que se plantea que El confucionismo denunció el principio de wua wei y creía en una forma más activa del gobierno y control social rígido, en tanto que el taoísmo se enfocaba fundamentalmente en promover la paz interior de las personas y armonía con el entorno.
Sería interesante saber si son simplemente planteamientos contradictorios, o una evolución histórica propia de quien se encuentra en el ejercicio del poder.